Cuando llega la hora de renovar el permiso de conducir en Madrid centro, debemos tener en cuenta qué tipo de licencia tenemos, nuestra edad y, en función de ello, consultar cada cuánto tiempo nos toca la renovación.
La mayoría de nosotros tan solo tenemos el carnet de coche, el B, aunque cada vez son más los que también tienen el de motos en cualquiera de sus cilindradas: AM, A1, A2, A. Para estos casos, cuando nos toque renovar el permiso de conducir en Madrid centro y tengamos menos de 65 años, debemos saber que la validez es por 10 años.
Entonces, cuáles son las excepciones, en qué casos el plazo se acorta y por qué.
Cuando se trata de permisos para conducir vehículos de uso público (ambulancias, taxis, etc.), camiones, autobuses, mercancías especiales, etc., es decir, los permisos denominados C1, C, D, BE, C1E, CE, D1E y D, el plazo se acorta hasta los cinco años. Se trata de permisos que están en manos de profesionales, unos dedicados al transporte de mercancías, otros dedicados al transporte de personas (conductores de autobús) e incluso aquellos que transportan mercancías peligrosas.
Por esta razón, y porque en cinco años podemos perder algunas de nuestras cualidades físicas, la Dirección General de Tráfico exige que los titulares de estas licencias renueven cada cinco años.
Otra excepción a la norma de los 10 años es para aquellas personas que tienen más de 65 años. En este caso, y para los carnets habituales (B, turismos), la renovación se produce cada cinco años. Sin embargo, este plazo se puede reducir si se observa que la persona presenta una merma en sus condiciones físicas, en cuyo caso se le exigiría renovar cada tres años.
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